Saturday, December 28, 2019
Cómo ser exitoso pidiendo extensión de visa de turista
Los turistas extranjeros que se encuentran en Estados Unidos con una visa B1 o la combinada B1/B2 pueden solicitar una extensià ³n de su estadà a, si desean permanecer en el paà s por mà ¡s tiempo. Quià ©nes no pueden extender la visa de turista No todos los turistas pueden solicitar quedarse mà ¡s tiempo del que inicialmente les ha sido concedido.à Hay que tener en cuenta algunas situaciones especiales. En primer lugar, los mexicanos que ingresan a Estados Unidos con una visa de cruce BCC, tambià ©n conocida como là ¡ser, deben respetar reglas especiales de tiempo y tambià ©n de millas que se pueden adentrar mà ¡s allà ¡ de la là nea de la frontera. Si sus planes son distintos, deben realizar previamente los trà ¡mites correspondientes. Por otro lado, los canadienses y los ciudadanos de Bermudas pueden ingresar a Estados Unidos como turistas sin visa por un mà ¡ximo de 180 dà as. Pueden salir y regresar al poco tiempo, si bien en este caso se arriesgan a que el oficial fronterizo de la CBP consideren que està ¡n en realidad viviendo en Estados Unidos y les niegue el ingreso al paà s. Los canadienses no deben confundir este plazo migratorio de 6 mesesà con el de impuestos de 120 dà as, es decir, 4 meses. Son cosas distintas que a veces se confunden. Por à ºltimo, los ciudadanos de los paà ses incluidos en el programa de Exencià ³n de Visa pueden ingresar a Estados Unidos como turistas por un mà ¡ximo de 90 dà as y no es posible en ningà ºn caso extender esta estadà a. Imposible. Tener en cuenta que si llegan por avià ³n en una là nea aà ©reaââ¬âes decir, no en una nave privadaââ¬âse necesita solicitar una autorizacià ³n electrà ³nica que se conoce como ESTA.à Esta autorizacià ³n no es una visa, por lo tanto es imposible extender lo que no se tiene. Todos los demà ¡s turistas, es decir, lo que ingresan con la visa B-2, que la mayorà a de las veces se emite conjuntamente con la B-1, que es la que se utiliza para negocios, pueden solicitar la extensià ³n. Pero para ser exitoso es conveniente seguir los siguientes consejos.à Cuà ¡ndo se puede solicitar la extensià ³n de la visa de turista Lo primero que hay que tener claro es cuà ¡ndo se puede permanecer legalmente en los Estados Unidos. Para ello, la informacià ³n la brinda el documento que se conoce como I-94. No cometer el error de considerar que la fecha que hay que mirar es la de expiracià ³n de la visa.à Son dos cosas completamente distintas. A continuacià ³n, tener en cuenta que no se debe pedir la extensià ³n muy pronto. Es decir, se aconseja llevar ya unos tres meses ya en los Estados Unidos. La razà ³n para dejar transcurrir ese tiempo es para evitar que las autoridades migratorias consideren que esa fue siempre la intencià ³n y que por lo tanto no se fue claro al ingresar al paà s. Si se da esa impresià ³n lo mà ¡s probable que suceda es que se niegue la peticià ³n de extensià ³n. Por otro lado, tampoco se puede enviar muy tarde la solicitud de la extensià ³n. Se considera que lo prudente es enviarla 45 dà as antes de que llegue el dà a mà ¡ximo de estancia autorizada en los Estados Unidos. Por ejemplo, si segà ºn el I-94 la estancia autorizada finaliza el 30 de septiembre, enviar la solicitud el 16 de agosto o unos cuantos dà as antes. Cà ³mo se pide extender la visa de turista o paseo Antes de comenzar, verificar la fecha de expiracià ³n del pasaporte. Debe ser và ¡lido en el momento en que se solicita la extensià ³n y asegurarse de que lo seguirà ¡ siendo durante el tiempo para el cual se solicita la extensià ³n de la estadà a. Si se cumple ese requisito, proceder a continuacià ³n a rellenar el formulario I-539.à à El nombre oficial es Application to extend/change nonimmigrant status y es que tambià ©n se utiliza para otras solicitudes. Por lo que es importante marcar y llenar sà ³lo las casillas que apliquen al caso. Documentacià ³n adicional Junto con la forma I-539 debe enviarse elà registro de entrada/salida I-94. Los extranjeros que ingresaron a los Estados Unidos despuà ©s del 30 de abril de 2013 por aeropuerto o puerto tienen una versià ³n digital de este documento. Se puede obtener una copia en la pà ¡gina oficial de la CBP. En los casos de ingreso por frontera terrestre en los que se tiene un I-94 de papel o casos especiales de ingresos por aeropuerto o puerto y se ha extraviado, llenar en su lugar el formulario que se conoce como I-102 para obtener asà una copia. Ademà ¡s, se debe explicar en una carta en inglà ©s y en detalle las razones para pedir la extensià ³n de la visa. Por quà © la estancia en EEUU continà ºa siendo temporal, cuà ¡ndo y cà ³mo se planea salir del paà s y tambià ©n quà © posibles efectos puede tener en el empleo que se tenga en el paà s de origen alargar la estancia en los Estados Unidos. En el caso de que varios miembros de una misma familia se encuentren visitando Estados Unidos, es suficiente rellenar una sola aplicacià ³n para solicitar la extensià ³n de la visa, siempre y cuando la unidad familiar està © conformada por los padresââ¬âo uno de ellosââ¬âeà hijos solterosà menores de 21 aà ±os. En cuanto al tiempo el que se pide la extensià ³n, queda a eleccià ³n del turista siempre y cuando sea por un tiempo inferior a los 180 dà as. Es conveniente ser razonable en este punto y pedir una ampliacià ³n que no resulte sospechosa y dà © lugar a que se pueda pensar que se està ¡ viviendo en el paà s, o se està ¡ trabajando, etc. Si se incluye documentacià ³n en un idioma distinto al inglà ©s, debe traducirse y certificarse la traduccià ³n siguiendo este modelo de carta. Arancel o cuota que pagar para extender la visa de turista En la actualidad deben abonarse $290 por este servicio. Para asegurarse de la cantidad, ya que puede cambiar en cualquier momento, se puede verificar en la pà ¡gina oficial del USCIS y buscar por el nombre del formulario, es decir, I-539 y aà ±adir la palabra arancel en inglà ©s, es decir, fee. Tambià ©n es posible marcar gratis al Servicio al Cliente del USCIS marcando gratuitamente al 1-800-375-5783. Se puede pagar mediante money orden o mediante un cheque en dà ³lares de un banco o de una institucià ³n financiera con oficinas en Estados Unidos y pagadero a nombre del U.S. Department of Homeland Security. No utilizar abreviaciones como DHS o USDHS. Oficina a la que se envà a Para la extensià ³n de la visa de turista existen dos direcciones a utilizar, corresponde una u otra dependiendo del mà ©todo de envà o.à Por correo ordinario: USCIS Dallas Lockbox U.S. Postal Service:USCISP.O. Box 660166Dallas, TX 75266 Por correo urgente o por servicio de mensajerà a: USCISATTN: I-5392501 S. State Highway 121 BusinessSuite 400Lewisville, TX 75067 Decisià ³n de las autoridades migratorias El USCIS notificarà ¡ por escrito si concede o no la peticià ³n de extender la visa de turista. Por esta razà ³n, es fundamental que la notificacià ³n llegue a su destino y no se pierda por el camino. Por lo tanto, si se cambia de domicilio es importantà simo notificarlo, aunque lo recomendable, si es posible, es seguir en el mismo sitio hasta que llegue la carta. La decisià ³n del USCIS puede ser de tres tipos En primer lugar, se aprueba la peticià ³n de extender la visa. En este caso la nueva fecha tope para poder permanecer legalmente en Estados Unidos la seà ±ala el nuevo I-94. Siempre y cuando la extensià ³n se hubiera pedido dentro del periodo de presencia autorizada, no se incurrirà ¡ en presencia ilegal mientras se espera por la aprobacià ³n del USCIS, aà ºn cuando esta llegue con fecha posterior a la seà ±alada en el I-94 de ingreso al paà s. En segundo lugar -y esto es de gran importanciaââ¬âla falta de contestacià ³n por mà ¡s de 240 dà as. A partir de ese dà a se considera que la presencia del turista es ilegal. Y en tercer lugar, se niega la peticià ³n. En este caso hay que salir inmediatamente de los Estados Unidos. No se dice cuà ¡ntos dà as exactamente se tiene que salir. Pero la obligacià ³n es que se salga de forma inmediata. Ademà ¡s, en estos casos, hay un problema aà ±adido: se considera que se da una situacià ³n de presencia ilegal a contar desde el dà a en que expirà ³ el I-94 cuya extensià ³n ha rechazado el USCIS. Es decir, desde el punto de vista de las leyes migratorias esa persona es inadmisible lo cual tiene efectos inmediatos en la validez de laà visa de turista. à ¿Cuà ¡ntas veces se puede pedir la extensià ³n de la visa? La ley no dice que exista un nà ºmero mà ¡ximo de veces. Pero sà el tiempo mà ¡ximo que se puede permanecer en Estados Unidos con una visa de turista contando todas las extensiones aprobadas: 1 aà ±o. Por lo tanto no se puede encadenar extensiones pasado ese là mite. Errores que se deben evitar Una creencia extendida y que es completamente equivocada es la de entender que si no se sale a tiempo pero la estancia ilegal es por pocos dà as pues que no pasa nada. Sà que hay consecuencias, desde el dà a primero. Ademà ¡s, si la estancia ilegal se prolonga por mà ¡s allà ¡ de medio aà ±o, aplica ademà ¡sà el castigo de los tres o de los 10 aà ±os. Por otra parte, muchos turistas creen que pueden viajar a Mà ©xico, Canadà ¡ o a las Bahamas por avià ³n o por tierra y luego regresar y obtener asà un nuevo I-94. Pero eso no es asà , para obtener una nueva fecha en el I-94 habrà a que haber viajado fuera de toda Amà ©rica del Norte. Y aà ºn viajando a otro paà s, debe siempre tenerse en cuenta la frecuencia de los ingresos a Estados Unidos, pues podrà a dar lugar a problemas al llegar al puesto de control migratorio, por tierra, mar o aeropuerto. Algunas opciones poco conocidas En casos muy concretos, es posible viajar fuera de Estados Unidos y volver a entrar con una visa expirada. Es lo que se conoce como revalidacià ³n automà ¡tica. Pero està ¡ sujeta a requisitos muy estrictos.à Tambià ©n en casos muy especà ficos, es posible restaurar el estatus migratorio cuando se ha fallado a la hora de salir a tiempo o pedir la extensià ³n de la visa a tiempo. Consejos para mantener la visa de turista Para acabar este artà culo, seà ±alar que no sà ³lo la presencia ilegal puede dar lugar a problemas a la hora de mantener la visa de turista. Es muy importante respetar la intencià ³n de la visa: simplemente turismo. Por lo tanto si se desea casarse, hay que tener en cuenta ciertas precauciones. Si se quiere estudiar a tiempo completo, o lo que es lo mismo, mà ¡s de 19 horas, la visa que hay que solicitar es la de estudiante o, en su caso, la de intercambio. Y que por supuesto està ¡ prohibido trabajar con esta visa. Para ello hay que estar autorizado por un documento migratorio que lo permita. Trabajar sin estar autorizado es una violacià ³n migratoria.
Subscribe to:
Post Comments (Atom)
No comments:
Post a Comment
Note: Only a member of this blog may post a comment.